Auto Supremo AS/0116/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2006

Fecha: 12-May-2006

No se regula honorario de abogado por no haber sido respondido el recurso, como se


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 103-105, con costas.

No se regula honorario de abogado por no haber sido respondido el recurso, como se infiere del memorial de 23 de octubre de 2001, cursante a fs. 107