POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el art. 60-1) de la L.O.J., de acuerdo con el Dictamen del Fiscal General de la Repúbl.ica de fs. 66, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 53, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
- Este fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los breves fundamentos del recurso, corresponde analizar si evidentemente existió
- En cuanto a la errónea interpretación del art
- Por lo expuesto, al no ser evidentes las infracciones acusadas por el recurrente, corresponde aplicar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
