CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts
CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970 de interponer el recurso dentro del término de los cinco días previstos por ley e invocar los precedentes contradictorios, precisar la misma, que es el presupuesto de carácter formal para su admisión, corresponde admitirlo conforme el inc. 1) del Art. 50 del mismo ordenamiento adjetivo en materia penal
- PARTES : Ministerio Público y otra c/ Miguel Ángel Ríos
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 163 a 167, interpuesto por Miguel Ángel Ríos,
- CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales
- CONSIDERANDO: que, Miguel Ángel Ríos, recurre de casación de fojas 163 a 167, impugnando el
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- Finalmente pide al Tribunal Supremo, establezca la doctrina legal aplicable y disponga que la Sala
- CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
