Sabina Sánchez Ledezma, como tercerista, mediante su recurso de casación de fojas 378 a 379
José Claudio Sánchez Sánchez mediante su recurso de casación de fojas 369 a 370 impugna el mismo Auto de Vista de 2 de septiembre de 2002, indicando: que se ha infringido el artículo 135 del CPP al no efectuar una correcta valoración de la prueba, conforme las reglas de la sana crítica, que se ha vulnerado también los artículos 48 con relación al 53 de la Ley 1008, por cuanto su conducta se encuadra al tipo penal de tentativa de transporte de sustancias controladas incurso en los artículos 55 de la Ley 1008 con relación al 8º del Código Penal.
Marcelina Cornejo de Mejía, como tercerista y sin revocar mandato a Demetria Araoz, mediante su recurso de casación de fojas 374 a 375 impugna el Auto de Vista de fecha 2 de septiembre de 2002; señalando la infracción del artículo 135 del CPP, por no efectuar una correcta valoración de la pruebas, conforme las reglas de la sana crítica; que se ha vulnerado también el artículo 71 inciso b) parágrafo segundo de la Ley 1008 por haberse revocado la sentencia apelada.
Sabina Sánchez Ledezma, como tercerista, mediante su recurso de casación de fojas 378 a 379 impugna el Auto de Vista de fecha 2 de septiembre de 2002; expresando: que se ha infringido el artículo 71 de la Ley 1008, por haberse confiscado el 50% del camión, con placa de circulación CSI-967 y placa actual 545AHP, al ser dicho vehículo un bien común se ha vulnerado también el artículo 111 del Código de Familia
- PARTES : Ministerio Público c/ Manuel Prado Muñoz y otros
- Tráfico de sustancias controladas y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 358 a 360, 363 a 365, 369 a
- CONSIDERANDO: que contra el Auto de Vista de fs
- Sabina Sánchez Ledezma, como tercerista, mediante su recurso de casación de fojas 378 a 379
- CONSIDERANDO: que de la compulsa de los recursos de casación, relacionados, el requerimiento fiscal y
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
