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    Auto Supremo AS/0088/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0088/2006

    Fecha: 14-Jun-2006

    En cuanto a la asistencia familiar, no correspondía pronunciamiento alguno por parte del tribunal de


    En cuanto a la asistencia familiar, no correspondía pronunciamiento alguno por parte del tribunal de apelación, habida cuenta que el ad quem al efectuar el análisis de los obrados y encontrar vicios procedimentales, estaba obligado atenderlos con carácter previo, por imperio del art. 15 de la L.O.J
    • CONSIDERANDO: El auto de vista anula la sentencia de fecha 11 de marzo de 2005
    • Sostiene también que el auto de vista incurre en otro error lamentable al no haberse
    • CONSIDERANDO: Que, revisados los obrados en función al recurso en la forma que se acusa,
    • En cuanto a la asistencia familiar, no correspondía pronunciamiento alguno por parte del tribunal de
    • Por lo que no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a este
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se impone al recurrente la multa de Bs
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Proveído : Sucre, 14 de Junio de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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