VI) Alega como hechos posteriores, que existen notificaciones irregulares, que no consta el cargo de
VI) Alega como hechos posteriores, que existen notificaciones irregulares, que no consta el cargo de recepción del memorial de respuesta a la apelación, ni se observan los plazos para la legal notificación con "el decreto de apelación...sic"
- CONSIDERANDO: que del contenido del recurso de revisión deducido, se establece que el recurrente, acusa
- II) Infracciones procesales, como defectos de notificación, falta de pronunciamientos de fondo y de mero
- III) Anormalidades del proceso, como: defectuosa producción y errónea valoración de la prueba, restricción del
- IV) Que: 1
- V) Indica que la sentencia incurre en contradicción con la Ley de Economistas (Decreto Ley
- VI) Alega como hechos posteriores, que existen notificaciones irregulares, que no consta el cargo de
- VII) Fundamenta que aún no existen precedentes contradictorios relativos al fondo de la apelación restringida,
- VIII) Señala que durante el recurso de casación no se consideró el 4to
- IX) Expresa para el cumplimiento de disposiciones del artículo 421 del Código de Procedimiento Penal:
- X) Bajo el título "bases para el recurso de revisión" señala: inciso 1) Que no
- XI) Acusa además violación por omisión atribuible a la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial
- XII) Concluye el recurso solicitando, la nulidad de la sentencia 10/2003, pidiendo que se proceda
- CONSIDERANDO: que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se
- La norma adjetiva penal, refiere en su artículo 421 que: "
- Éste último aspecto, exige que quien pretende impugnar la cosa juzgada, observe la calidad de
- CONSIDERANDO: que de los antecedentes del recurso, se tiene que Serapio Espada Lazcano, interpone recurso
- A tiempo de acusar errores in iudicando e in procedendo, pretende señalar precedentes contradictorios, acompaña
- Consiguientemente, realizado el análisis exhaustivo del extenso memorial del recurso en el que alega las
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, doce de junio de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
