CONSIDERANDO Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 164-166, interpuesto por Elmar Moreno Cortez, contra el auto de vista No. 433/2001 de 27 de noviembre 2001, (fs. 158-159), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Hugo Saucedo Aguilera, contra la empresa Supermercado Florida de propiedad del recurrente, la respuesta de fs. 167-168, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 7 de agosto de 2001(fs. 109-110), declarando improbada la demanda de fs. 3-4, sin lugar al pago de los beneficios sociales demandados. En grado de apelación, por auto de vista No. 433/2001 (fs. 158-159), se revoca la sentencia apelada declarando probada la demanda de fs. 3-4, y ordenado el pago de Bs.- 5.625.- por los beneficios sociales demandados, decisión contra la cual, el demandado, interpone el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 164-166, solicitando se anule y/o case el auto de vista recurrido declarando improbada la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia y condenando al pago de costas, daños y perjuicios
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- PARTES: Hugo Saucedo Aguilera c/ Supermercado "FLORIDA"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis en relación a los datos
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- En consecuencia corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
