Auto Supremo AS/0373/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2006

Fecha: 10-Jul-2006

De otra parte, lo afirmado en el recurso sobre la interrupción laboral según el intervalo


De otra parte, lo afirmado en el recurso sobre la interrupción laboral según el intervalo entre el segundo y tercer contrato, tampoco es evidente, porque consta de obrados y del oficio elaborado por el Director Jurídico de fs. 9, que el actor continuó prestando servicios sin interrupción en su cargo, debido a los delicados asuntos que requerían su atención como profesional. Ante tal evidencia, lo dispuesto por en el auto de vista recurrido, se ajusta a lo dispuesto por los arts. 3 incs. g) y h); 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba, consagrados por el art. 162 de la C.P.E. y 4 de la L.G.T