Auto Supremo AS/0486/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0486/2006

Fecha: 20-Jul-2006

Sobre el particular, lo dispuesto tanto en sentencia como en el auto de vista, es


Sobre el particular, lo dispuesto tanto en sentencia como en el auto de vista, es correcta, porque los de instancia han arribado al libre convencimiento en la apreciación de la prueba, en función al art. 158 del Cdgo. Procesal del Trabajo, siendo incensurable en casación, interpretando y aplicando correctamente las normas legales citadas. De donde si bien consta el pago de beneficios sociales al actor, sin embargo del inciso 4) del instructivo respectivo del finiquito de fs. 13 vta., se señala que por su carácter revisable las cifras numéricas no causan estado ni revisten el sello de cosa juzgada