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    Auto Supremo AS/0315/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0315/2006

    Fecha: 23-Ago-2006

    RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a los artículos 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, 50 inciso 1) y 419 de la Ley Nº 1970, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Marlene Arancibia Verduguez, de fojas 58 a 61 vuelta.

    RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • PARTES : Ministerio Público c/ Marlene Arancibia Verduguez
    • Transporte de sustancias controladas
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • CONSIDERANDO: que, Marlene Arancibia Verduguez, recurre de casación de fojas 58 a 61 vuelta, impugnando
    • Recurso que fue admitido por Auto Supremo Nº 280 de fojas 66 y vuelta
    • CONSIDERANDO: que, de la revisión y análisis detallado del precedente invocado por la recurrente, como
    • Que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, señala que existe contradicción cuando ante
    • Que, por lo expuesto precedentemente y efectuado el análisis respectivo, se concluye que no existe
    • RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
    • Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Sucre 23 de agosto de 2006
    • de la Sala Penal Segunda (En suplencia legal).

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