Regístrese y hágase saber
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, conforme el Art. 133 del Código de Procedimiento Penal, declara NO HABER LUGAR A EXTINCION DE LA ACCION PENAL, solicitada por Hernán Lazarte Montaño de fojas 245 vuelta a 246 y 260, debiendo proseguirse con el trámite del proceso.
Regístrese y hágase saber
- PARTES : Elena Rivera de Muñoz c/ Hernán Montaño Lazarte
- Cheque en descubierto
- Art
- Vencido el plazo, el Juez o Tribunal del proceso, de oficio o a petición de
- Disposición Transitoria Tercera
- El Auto Constitucional complementario Nº 79/04 de 29 de septiembre de 2004, sobre la misma
- CONSIDERANDO: que, de la revisión minuciosa de los datos del proceso se evidencia que no
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- de la Sala Penal Segunda (En suplencia legal)
