Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
- CONSIDERANDO: que la sentencia pronunciada, por la Juez de Partido de Sentencia de la provincia
- Que el recurrente apela de esta resolución, la misma que es resuelta por Auto de
- CONSIDERANDO: que el imputado recurre de nulidad y casación contra el Auto de Vista con
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- CONSIDERANDO: Que analizando la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente, y la
- Que, si bien el imputado recurre de nulidad, empero no fundamenta ni refiere los motivos
- Que en relación al recurso de casación, respecto a los fundamentos esgrimidos en el mismo
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
