Finalmente, resaltar que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, al
Finalmente, resaltar que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, al emitir sus resoluciones, lo han hecho en base a los datos del proceso y, con facultad propia, han valorado la prueba de manera adecuada, especialmente la testifical de fs. 35 que reúne las condiciones establecidas en el segundo parágrafo del art. 178 del Cód. Proc. Trab., formando líbremente su convencimiento e inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del proceso, conforme está establecido por el art. 158 del Cód. Proc. Trab
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- PARTES: Milton Javier Nina Flores c/ Karaoke Tropical Discoteca
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Mediante auto de fs
- Al haber sido rechazada la prueba testifical de descargo por el A quo, de ninguna
- Finalmente, resaltar que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, al
- Consecuentemente, en mérito a lo precedentemente expuesto, corresponde dar aplicación a lo establecido en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin lugar a la regulación de honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
