Auto Supremo AS/0616/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2006

Fecha: 10-Ago-2006

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3.- Es conveniente dejar establecido que el objeto del proceso laboral está dado para la protección de los derechos del trabajador cuya irrenunciablidad consagra el art. 162 de la C.P.E., en ese entendido, el auto de vista recurrido se pronunció sobre los aspectos recurridos acertadamente puntualizando que, el Juez no está sometido a una tarifa legal de la prueba, sino que forma su convencimiento en función de los arts. 3º inc j) y 158 del Cód. Proc. Trab., por una parte y, por otra, que la prueba aportada al proceso por el actor de fs. 73-74, 80, 33 y 75, evidencian que su conducta durante la relación laboral ha sido correcta, más aún cuando se dio aplicación a los alcances del art. 167 del Cód. Proc. Trab., con relación al art. 404-II del Cód. Pdto. Civ.; por consiguiente el Tribunal ad quem, al emitir su resolución, resolvió la apelación conforme el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., resolviendo el fondo de la causa en estricta sujeción a las disposiciones laborales en vigencia