Auto Supremo AS/0616/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2006

Fecha: 10-Ago-2006

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los datos del proceso, se tiene:

1.- El auto de vista recurrido, confirma la sentencia de primera instancia, dando aplicación a los arts. 3º inc. j), 152, 154, 158, 167 del Cód. Proc. Trab., y 404-II del Cód. Pdto. Civ., ratificando así los beneficios sociales correspondientes al actor, estableciendo los siguientes extremos: a) que por las declaraciones testificales de fs. 73-74 y 80, el certificado de fs. 75, demuestran que el retiro del actor fue forzoso, por consiguiente no se incurrió en la causal h) del art. 16 de la L.G.T. y 9 de su D.R.; b) que el fundamento de los alcances del art. 167 del Cód. Proc. Trab., referido a la confesión provocada se interpretó correctamente conforme se tiene de los documentos de fs. 33 y 75, por ende existe confesión de parte de acuerdo a lo dispuesto por el art. 404-II del Cód. Pdto. Civ. y; c) que los beneficios sociales del demandante han sido correctamente reconocidos por el A quo, quién apreció y valoró los antecedentes del proceso y las pruebas aportadas con prudente criterio y sana crítica