CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los datos del proceso, se tiene:
1.- El auto de vista recurrido, confirma la sentencia de primera instancia, dando aplicación a los arts. 3º inc. j), 152, 154, 158, 167 del Cód. Proc. Trab., y 404-II del Cód. Pdto. Civ., ratificando así los beneficios sociales correspondientes al actor, estableciendo los siguientes extremos: a) que por las declaraciones testificales de fs. 73-74 y 80, el certificado de fs. 75, demuestran que el retiro del actor fue forzoso, por consiguiente no se incurrió en la causal h) del art. 16 de la L.G.T. y 9 de su D.R.; b) que el fundamento de los alcances del art. 167 del Cód. Proc. Trab., referido a la confesión provocada se interpretó correctamente conforme se tiene de los documentos de fs. 33 y 75, por ende existe confesión de parte de acuerdo a lo dispuesto por el art. 404-II del Cód. Pdto. Civ. y; c) que los beneficios sociales del demandante han sido correctamente reconocidos por el A quo, quién apreció y valoró los antecedentes del proceso y las pruebas aportadas con prudente criterio y sana crítica
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 144/03-SSA-I de 16 de junio de
- Que, contra el auto de vista, el Administrador de la Asociación de Copropietarios del Edificio
- Concluye solicitando confusamente se case el auto de vista, se revoque en forma total sus
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
