CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 75-76, interpuesto por Oscar Alberto López Arteaga, en representación de la Empresa de Transportes GAMMA BOLIVIA S.A., contra el auto de vista Nº 178/03 SSA-I de 29 de agosto de 2003 (fs. 72), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que siguen Rubén Rojas Trujillo y Rubén Ruiz Mamani, contra la empresa que representa el recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 109/2001 el 23 de noviembre de 2001 (fs. 57-61), declarando probada en parte la demanda de fs. 6-8, ordenando que la empresa demandada, cancele a favor de los actores: Rubén Rojas Trujillo y Rubén Ruiz Mamani, Bs. 9.316,04.- y 9.316,04.- respectivamente, por concepto de indemnización, desahucio, sueldos devengados, aguinaldo y bono
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante auto de
- Que, contra el auto de vista, el apoderado de la Empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
