En grado de apelación, por auto de vista de 10 de octubre de 2003 (fs
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 114-115, interpuesto por José Cossío Narváez, Humberto Zamora Castedo, Javier Sánchez y César Cornejo Montellano, en representación del Club Deportivo y Cultural UNIÓN CENTRAL, contra el auto de vista de 10 de octubre de 2003 (fs. 109-110), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Isaac Muruchi Mamani contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 117, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia el 29 de noviembre de 2002 (fs. 86-87), declarando probada en parte la demanda, ordenando a la entidad demandada cancelar al actor honorarios profesionales en la suma de $us. 5.605.-
En grado de apelación, por auto de vista de 10 de octubre de 2003 (fs. 109-110), se confirmó en todas sus partes la sentencia apelada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista de 10 de octubre de 2003 (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en la forma, corresponde analizar si
- En la especie, de la revisión de obrados, se infiere que el auto de vista
- Ante esta circunstancia, no se advierte del proceso infracción al inc
- En todo caso, el recurso de casación en la forma, sólo busca la nulidad de
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
