Auto Supremo AS/0711/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0711/2006

Fecha: 29-Ago-2006

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3.- En la especie se tiene que la trabajadora inicio la demanda de fs. 15-16, persiguiendo el pago de beneficios sociales a consecuencia del despido sufrido en estado de embarazo, conforme las literales de fs. 6, 12, 13, 14, más no de "reincorporación" como equivocadamente afirma el recurrente, por lo que el Tribunal de alzada al conceder los beneficios sociales consignados en la liquidación del auto recurrido, obró correctamente, en función de lo dispuesto por los arts. 13 de la L.G.T., 3º inc. h) y 158 del Cód. Proc. Trab., no habiendo el demandado demostrado en el curso del proceso, que el motivo de la ruptura laboral (art. 16 inc. d) de la L.G.T.) sea el abandono de trabajo por más de seis días, incumpliendo de esta manera con la inversión de la carga probatoria, establecida en los arts. 66 y 150 del referido adjetivo laboral