En grado de apelación, por auto de vista No
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 147-148 interpuesto por Rosario Alcira Pelaez Encinas, contra el auto de vista No. 426/2003 de 27 de noviembre de 2003 (fs. 134-135), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; dentro del proceso laboral sobre beneficios sociales seguido por la recurrente contra el Servicio Nacional de Geología y Minería SERGEOMIN (Regional Oruro), la respuesta de fs. 150, el dictamen fiscal de fs. 157, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, emitió la sentencia No. 44/2003 el 31 de julio de 2003 (fs. 82-83), declarando improbada la demanda de fs. 14-15 sin costas, determinando sin lugar al pago de los beneficios sociales consistente en indemnización y desahucio, pretendidos por la actora, por tratarse de funcionaria pública.
En grado de apelación, por auto de vista No. 426/2003 de 27 de noviembre de 2003 (fs. 134-135), se confirmó la sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de nulidad, corresponde analizar si lo denunciado es
- Que, del análisis del proceso se desprende que el tribunal de apelación al confirmar la
- En todo caso, al no precisar de manera puntual si el recurso fue planteado como
- CONSIDERANDO III: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
