En todo caso, al no precisar de manera puntual si el recurso fue planteado como
En todo caso, al no precisar de manera puntual si el recurso fue planteado como casación en la forma o en fondo, no cumple los requisitos de técnica procesal, porque tampoco desvirtúa los fundamentos jurídico-legales expuestos en los fallos de instancia, además no es posible amparar el recurso en causales de casación en la forma, para decidir cuestiones de fondo. Ante esta eventualidad el recurso es ambiguo y contradictorio
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de nulidad, corresponde analizar si lo denunciado es
- Que, del análisis del proceso se desprende que el tribunal de apelación al confirmar la
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- CONSIDERANDO III: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
