- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Hugo Gerardo Murillo Quintana de fojas 210 a
- La casación, tiene por objeto unificar la aplicación de la ley, materializando el valor supremo
- CONSIDERANDO: que el memorial de recurso presentado de fojas 210 a 211 vuelta, luego de
- Refiere que la valoración de la prueba sería "en extremo inquisitoria
- Refiere que no se observó el debido proceso y se allanó el camino de la
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación, ha sido interpuesto dentro del término de ley, sin
- Por otra parte, si bien el recurrente relaciona ciertos antecedentes del proceso, que considera injustos,
- Finalmente, el recurrente alega que la resolución del Tribunal de mérito, adolecería de los defectos
- Por lo precedentemente expuesto, el recurrente no cumple con los requisitos legales que exige la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de septiembre de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
