Auto Supremo AS/0381/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2006

Fecha: 13-Sep-2006

Refiere que la sentencia del juez de Puno es defectuosa, de acuerdo a lo que


CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto reitera los fundamentos con que impugnó la sentencia del a quo; refiriendo que el Auto de Vista que impugna, dejó en indefensión al recurrente al determinar la inadmisibilidad de su recurso a pesar de haber cumplido los requisitos para ser admitido.

Refiere que la sentencia del juez de Puno es defectuosa, de acuerdo a lo que establece el artículo 370 del Código de Procedimiento Penal, ya que incurre en inobservancia y aplicación errónea de la ley sustantiva, manifiesta que cuando se califica el ilícito de despojo (artículo 351 del Código Penal), no es requisito esencial el establecer el derecho propietario sobre el objeto del litigio, por lo que considera que se dictó una sentencia defectuosa