Regístrese, hágase saber y revuélvase
Asimismo en cumplimiento de la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría de Sala, remítanse copias de los antecedentes del proceso a las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito del país, a efecto de que se inhiban de resolver causas, donde se debatan las mismas cuestiones de hecho.
Regístrese, hágase saber y revuélvase
- VISTOS: el recurso de casación, interpuesto por Justina Colque Estrada de fojas 123 a 124,
- El Tribunal Supremo, observando el derecho de las partes a impugnar las resoluciones así como
- Refiere que la sentencia del juez de Puno es defectuosa, de acuerdo a lo que
- Señala que en la tramitación del proceso existe errónea aplicación e interpretación de la ley
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y revuélvase
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de septiembre de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
