Auto Supremo AS/0728/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2006

Fecha: 06-Sep-2006

Para resolución, interviene la Ministra de la Sala Civil, Dra


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la atribución que le asigna el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, con la facultad que le confieren los arts. 271-4) y 274 del Pdto. Civil y la permisión contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab., CASA el auto de vista de fs. 213 y, deliberando en el fondo, declara improbada la excepción de incompetencia opuesta por el demandado a fs. 192-195, disponiendo la prosecución del juicio; sin responsabilidad por ser excusable.

Para resolución, interviene la Ministra de la Sala Civil, Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, conforme convocatoria de fs. 270