Que, contra el auto de vista de 29 de enero de 2004, tanto el demandado
Que, contra el auto de vista de 29 de enero de 2004, tanto el demandado como el demandante interponen los recursos de fs. 667-668 y fs. 672-674, respectivamente, en los que por su orden se tiene:
a).- En el recurso de nulidad fs. 667-668, la empresa demandada, realizando por fundamento un extenso relato sobre el contenido del auto de vista y de la sentencia de primer grado, refiere aspectos de hecho que no enervó durante la sustanciación del proceso, relativos a la inexistencia de relación laboral, al contrato de trabajo, al promedio salarial indemnizable y la supuesta prescripción de derechos, sobre la que no excepcionó oportunamente; sin especificar si recurre en el fondo o en la forma ni acusar en concreto cuál la infracción de ley en que hubiere incurrido el Tribunal de alzada en la dictación del auto de vista recurrido, solicitando en suma la casación de la resolución impugnada ante un órgano jurisdiccional inexistente como es la Corte Nacional del Trabajo y Seguridad Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 32/2004 de 29 de enero de
- Que, contra el auto de vista de 29 de enero de 2004, tanto el demandado
- b)
- CONSIDERANDO: Que, así planteados ambos recursos ingresando a su análisis en relación a los datos
- 2
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
