Auto Supremo AS/0762/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0762/2006

Fecha: 11-Sep-2006

Consiguientemente en cumplimiento del art


Consiguientemente en cumplimiento del art. 59 de la Ley Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, al haberse establecido que eran trabajadores indefinidos, por haber sido contratados antes de la vigencia de dicha norma y realizado trabajos por obras consecutivas, sus derechos se encuentran tutelados por la Ley General del Trabajo y disposiciones complementarias, sin que se hubiera incurrido en violación de las RR.MM. Nos. 283/62 de 13 de junio de 1962, 193/72 de 15 de mayo de 1972, ni el D.L. Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, mas por el contrario se aplicó debidamente dichas normas, porque se demostró la existencia de una relación laboral indefinida que se enmarca a las previsiones del art. 1º del D.S. Nº 23570 de 26 de julio de 1993, pues se ha evidenciado que existió relación de dependencia y subordinación, prestación de trabajo por cuenta ajena y la percepción de una remuneración por las obras realizadas