2) En el fondo, denunció la violación de los arts
Que, contra el auto de vista, el representante de la entidad demandada, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 820-826), indicando:
1) En la forma, se hubiera incurrido en violación de los arts. 3º inc. 3) y 90 del Cód. Pdto. Civ., 56 y 202 inc. a) del Cód. Proc. Trab., porque se violaron las doctrinas de igualdad procesal, incurriendo en errónea interpretación, mala e indebida aplicación de dichas normas.
2) En el fondo, denunció la violación de los arts. 3º inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., 6º y 13 de la L.G.T., con relación a los arts. 182, 197 y 200 del Cód Proc. Trab., porque mediante los documentos de fs. 626 y siguientes, se demostró que con los demandantes sólo hubo una relación civil-comercial
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- 2) En el fondo, denunció la violación de los arts
- Concluyó solicitando que se case el auto de vista, se declare improbada la demanda y
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, el recurrente alega que interpone recurso de casación en la forma
- Los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la forma, son insuficientes,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
