Los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la forma, son insuficientes,
Los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la forma, son insuficientes, puesto que no concreta correctamente su reclamo, ignorando que el recurso de casación en la forma o recurso de nulidad propiamente dicho, debe fundarse en errores "in procedendo", referido al quebrantamiento de preceptos legales adjetivos o rituales; o sea, violación de las formas esenciales del proceso, enumeradas en el art. 254 de dicho cuerpo legal, aspecto que el recurrente incumple, mientras que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando"; es decir en la violación de leyes sustantivas en la decisión de la causa, debidamente identificadas a tenor del art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; que el recurrente omite, pues sólo cita las normas presuntamente violadas, sin especificar cómo y de qué manera se incurrió en dichas violaciones y tampoco identifica en qué folios del expediente cursa el error de hecho o de derecho, demostrados por hechos o documentos auténticos, para permitir se realice un nuevo análisis de la prueba producida, al ser ésta incensurable en casación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- 2) En el fondo, denunció la violación de los arts
- Concluyó solicitando que se case el auto de vista, se declare improbada la demanda y
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, el recurrente alega que interpone recurso de casación en la forma
- Los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la forma, son insuficientes,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
