Auto Supremo AS/0802/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2006

Fecha: 11-Sep-2006

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


De tal manera que ambos recursos, se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos que no pueden confundirse entre si, como erróneamente plantea el recurrente, agravando la deficiencia de su acción haciendo extensivo el petitorio de casación contra la sentencia de primer grado.

Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su consideración porque impide a este Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el art. 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271-1) y 272-2) del Cód. Pdto. Civ., aplicable por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 265-268, con costas