Auto Supremo AS/0879/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0879/2006

Fecha: 28-Sep-2006

Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no


Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, en este caso de fundamentar su recurso, porque no basta la cita de disposiciones legales supuestamente infringidas sin demostrar las transgresiones acusadas, menos demuestra error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, en el que se refiere que el actor no fuera funcionario público, sino privado, sujeto a la Ley General del Trabajo; empero no identifica debidamente las causales señaladas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., porque el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los Tribunales de instancia al emitir sus resoluciones; lo que no ocurre en este caso