CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs.245-248, interpuesto por Andrés Vicente Valdivia Calderón de la Barra, en representación del Ministerio de Defensa Nacional, contra el auto de vista Nº 168/04 SSA-I de 18 de junio de 2004 (fs. 223), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue José Luís Clavijo Tavera, contra el Ministerio de Defensa Nacional, el dictamen fiscal de fs. 256-257, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia de 29 de mayo de 2002 (fs. 175-177), declarando improbada la demanda de fs. 16-18 e improbadas las excepciones perentorias de pago, prescripción y cosa juzgada en aplicación del art. 133 del Cód. Proc. Trab
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 168/04 SSA-I de 18 de junio
- Que, contra el auto de vista de 18 de junio de 2004, la entidad demandada,
- CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
- Que, el art
- Consiguientemente, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
