En efecto, de obrados se colige que el representante de la empresa demandada en su
En efecto, de obrados se colige que el representante de la empresa demandada en su casación en el fondo y en la forma, solicita de manera contradictoria que se revoque en parte el auto de vista y la sentencia y se declaren probados los pagos de aguinaldo y horas extras en vía de excepción perentoria de pago, sin concretar correctamente su reclamo o petición; dando a los mismos hechos la virtualidad de constituir, al mismo tiempo, motivos de casación en cualesquiera de tales formas; por lo que resulta un recurso ambiguo y anfibológico
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- La empresa demandada plantea recurso de casación en la forma y en fondo de fs
- A su vez, los actores también plantean recurso de casación de fs
- Que, a este efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que ninguno
- En efecto, de obrados se colige que el representante de la empresa demandada en su
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en los recursos de ambas partes es insuficiente,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
