Auto Supremo AS/0013/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2007

Fecha: 18-Ene-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Por lo expuesto, no siendo evidente la acusada violación del Art. 13 de la Ley General del Trabajo, corresponde resolver de la forma establecida por el Art. 273 del Código de Procedimiento Civil aplicable en la materia con la permisión contenida en el Art. 252 del Código Procesal del Trabajo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el Art. 60-1) de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de Fs. 74-75, con costas