Auto Supremo AS/0034/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2007

Fecha: 11-Ene-2007

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por


Que del análisis del recurso de casación se desprende que en cuanto se refiere a las impugnaciones contenidas en los numerales 1) y 2) que párrafo que precede, el recurrente no ha comparado con otros hechos similares, ni ha establecido la contradicción jurídica requerida por Ley Nº 1970, incumpliendo así con los requisitos de admisibilidad del recurso de casación. Empero, en el numeral 3) cumple con los requisitos exigidos por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el Tribunal de Casación debe declarar la admisibilidad del recurso de casación interpuesto.

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Pedro Orlando Cuentas Quisbert