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2. La nota de aviso a la Dirección Departamental del Trabajo, respecto del presunto abandono alegado por la parte empleadora (fs. 48), fue presentada ante dicha repartición el 21 de abril de 2000, es decir luego de 2 meses del presunto abandono, pese a que el empleado, con anterioridad, ya presentó su denuncia y representación del despido que fue objeto (fs. 1)
- AUTO SUPREMO Nº 043 - Social Sucre, 31 de enero de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la representante de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
- Esta resolución motivó el recurso de casación de fs
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- Por lo relacionado, se concluye que no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso,
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 31 de enero de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
