Que tal situación constituye un atentado a la garantía del debido proceso en su vertiente
Que tal situación constituye un atentado a la garantía del debido proceso en su vertiente del derecho al recurso efectivo, por lo que amparado en la previsión del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, impugna el Auto de Vista 413/06 dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pidiendo se deje sin efecto el mismo
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las condiciones formales
- Esta comparación de hechos similares y de normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse
- El Tribunal Supremo, observando el derecho de las partes a impugnar las resoluciones así como
- CONSIDERANDO: que en el memorial de impugnación, el recurrente refiere
- Que tal situación constituye un atentado a la garantía del debido proceso en su vertiente
- Invoca en calidad de precedente contradictorio, el Auto Supremo Nº 98/06
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación ha sido interpuesto dentro del término previsto por ley,
- Por lo expuesto, el recurso observa la previsión de los artículos 416 y 417 del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ADMITE el recurso
- Regístrese, hágase saber
- Sucre, treinta y uno de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
