Auto Supremo AS/0110/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2007

Fecha: 31-Ene-2007

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 212 a 213, y cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº 1970, de oficio declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, debiendo proseguirse la sustanciación del proceso hasta su conclusión