Auto Supremo AS/0272/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2007

Fecha: 04-Oct-2007

POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con


POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 1.551 a 1.554, de conformidad a lo determinado en la Tercera Disposición Transitoria del Código de Procedimiento Penal de 1999, declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por el término de duración máxima del proceso para el declarado rebelde y contumaz a la ley Cristian Coronel Dubreuil y ordena que se prosiga con la tramitación del proceso penal seguido por la Alcaldía Municipal de la ciudad de Cochabamba, hasta su conclusión