Auto Supremo AS/0272/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2007

Fecha: 04-Oct-2007

Que de la revisión detallada del proceso, tomando en cuenta los períodos de vacación anual


Que de la revisión detallada del proceso, tomando en cuenta los períodos de vacación anual a que hace referencia el artículo 260 de la Ley de Organización Judicial, se puede apreciar que, además de juzgamiento en rebeldía (fojas 633, 638, 778, 810, 814, 816, 1466 y 1539), hubo la formulación de cuestiones prejudiciales (fojas 440) y de una cuestión previa (fojas 824 a 827) que igualmente se rechazó, todo lo cual demuestra que no es atribuible al órgano jurisdiccional la demora en el trámite