Auto Supremo AS/0528/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2007

Fecha: 29-Oct-2007

En efecto, ninguno de ellos estableció, ni distinguió en términos precisos el sentido jurídico contradictorio


En efecto, ninguno de ellos estableció, ni distinguió en términos precisos el sentido jurídico contradictorio entre el auto de vista impugnado con relación a otro precedente, es decir, que ni en sus recursos de apelación restringida, ni en sus recursos de casación, invocaron precedentes cuyo razonamiento sea contrario al desarrollado en la resolución de vista impugnada, limitándose a hacer una relación de los antecedentes del proceso, aduciendo la existencia de defectos absolutos, sin especificar, en qué consiste la vulneración, restricción o disminución de sus derechos y garantías constitucionales; a lo que se debe agregar, que tampoco presentaron copia de la apelación restringida conforme prevé la norma del art. 417 del Código de Procedimiento Penal; extremos que demuestran el incumplimiento de los requisitos para la admisibilidad del recurso de casación