Auto Supremo AS/0557/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2007

Fecha: 31-Oct-2007

En la esfera penal, el período de tiempo procesal para las causas en liquidación adopta


En la esfera penal, el período de tiempo procesal para las causas en liquidación adopta dos criterios de inicio, así, para los procesos iniciados con anterioridad a la publicación de la Ley 1970, se computa desde la fecha de publicación y, para aquellos procesos iniciados con posterioridad a dicha publicación y antes de la vigencia plena del actual sistema procesal, el cómputo se inicia con la notificación al procesado con el Auto inicial de la instrucción, actuado que se realiza luego de recibida la declaración indagatoria del sindicado ante el juez del sumario