Auto Supremo AS/0758/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0758/2007

Fecha: 10-Oct-2007

b) En la casación en el fondo, reitera los mismos fundamentos, acusando violación de disposiciones


b) En la casación en el fondo, reitera los mismos fundamentos, acusando violación de disposiciones legales y aplicación indebida de la ley, señala que el rechazo de su demanda es ilegal y arbitrario y, lo resuelto por los de instancia, significa negación de justicia a un debido proceso; atenta los principios y derechos fundamentales de defender sus intereses frente a la pretensión irracional de Impuestos Internos de exigir un doble pago de los impuestos IVA e IT por la venta de cemento FANCESA en la ciudad de Santa Cruz, sin tomar en cuenta que dichos impuestos ya fueron cancelados por la Fábrica Nacional de Cemento Sucre S.A.; que la excepción de cosa juzgada únicamente puede ser planteada por la parte demandada, adjuntando el testimonio de la sentencia, como prevé el art. 340 del Cód. Pdto. Civil, por esta razón tanto el juez como el tribunal de alzada habrían violado los arts. 16-II de la C.P.E., 336-7), 337, 338 y 340-2) del Pdto. Civil, aplicables a la materia por el art. 214 del Cód. Trib., además que el art. 1319 del Código Civil, establece los tres requisitos indispensables y que el mismo auto de vista reconoció que existe diferente argumento de la demanda y, por tanto, diferente causa. En definitiva, impetra se case el auto de vista, porque considera que no existe cosa juzgada al ser la causa diferente y que se instruya admitir la demanda en aplicación a principios de equidad, justicia y al derecho