Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 130-134, planteado por el demandante Walter Pedro Suvelza Gómez, quien reiterando los argumentos de su apelación alega en síntesis:
a) En el recurso de casación en la forma o de nulidad, acusa que el juez, sin analizar la naturaleza de la demanda de doble tributación, de oficio rechazó la misma, basado en la cosa juzgada previsto en el art. 514 del Cód. Pdto. Civil, negando -a priori- su derecho constitucional de defender sus intereses en un justo y legítimo juicio, violando el art. 334 de la citada norma y lo dispuesto en el art. 214 del Cód. Trib.; que el juez tenía la obligación de admitir la demanda y correr traslado al demandado para que conteste o plantee las excepciones que franquea la ley; que el rechazo de su demanda es ilegal y constituye una resolución ultra petita que atenta al principio del debido proceso y legítima defensa, consagrado en el art. 16 II de la C.P.E., violando los arts. 3 incs. 1) y 3) y 90 del Cód. Pdto. Civil; con estos argumentos impetra se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir anulando el auto de rechazo de la demanda de fs. 97
- PARTES: Walter Pedro Suvelza Gómez c/ Servicio de Impuesto Nacional Regional Chuquisaca
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contencioso administrativa, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación, a instancia del demandante, el juez a quo a tiempo de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- b) En la casación en el fondo, reitera los mismos fundamentos, acusando violación de disposiciones
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, debe tenerse presente,
- En ese entendido, de la revisión de todo lo obrado, se establece
- 2) Que la decisión del juez, expuestos en base a los fundamentos de los autos
- 3) En el caso de autos, el juez tenía la obligación de admitir la demanda
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
