3)
3).- En la especie, revisando el expediente se observa que la causa fue sorteada para resolución el 14 de mayo de 2004 (fs. 342 vta.), designando relatora a la vocal Dra. Carmen Aliaga, quien luego en forma posterior, mediante decreto de 18 de Mayo de 2005 (fs. 343), por supuesto impedimento del Dr. Orlando Rios Luna Vocal de la Sala Social y Administrativa Primera, a objeto de conformar Sala, convoca al Vocal Víctor Hugo Ocampo de la Sala Social Administrativa Tercera, emitiendo juntos el Auto de Vista No. 144/04 SSA-I de 24 de mayo de 2004 (fs. 344), haciendo constar en la parte final, que intervino a efectos de conformar sala el mencionado vocal, sin hacer constar expresamente en qué consistió el impedimento del otro vocal de la sala
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tribuatrio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Juez 1ro
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Juan Carlos Edmundo
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados y la emisión del auto de vista
- 2)
- Por esta razón, el tribunal supremo, tiene facultad de fiscalizar el proceso por mandato del
- 3)
- 4)
- En virtud a los argumentos expuestos precedentemente, este supremo tribunal, se inhibe de ingresar al
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
