Que el proceso de referencia se inició con el Auto Inicial de la Instrucción (fojas
Que el proceso de referencia se inició con el Auto Inicial de la Instrucción (fojas 114 vuelta) de 22 de diciembre del año 2000, respecto al cual el imputado fue emplazado para que asuma defensa (fojas 184 y fojas 187) y, al no haberse presentado, fue declarado rebelde (fojas 214), medida que se repitió en la etapa del Plenario (fojas 261, 265 y 281), que concluyó con Sentencia que condenó al imputado a la pena de cinco años de reclusión, la cual fue confirmada por el Tribunal de Alzada (fojas 379 a 380), originando el recurso de casación aún no resuelto
- Peculado
- CONSIDERANDO: que siendo la extinción de la acción penal de previo y especial pronunciamiento, corresponde
- Que la Sentencia Constitucional número 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 establece que el
- Que la Sentencia Constitucional número 1365/05 de 31 de octubre de 2005, estableció que: "1)
- Que el artículo 141 del Código de Procedimiento Civil y la tercera parte del artículo
- Que el proceso de referencia se inició con el Auto Inicial de la Instrucción (fojas
- Que por esos antecedentes se pudo apreciar que la dilación del proceso es atribuible sólo
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
