CONSIDERANDO: Que Raquel Garson de Aguirre interpone el recurso de casación de fojas 131 a
CONSIDERANDO: Que Raquel Garson de Aguirre interpone el recurso de casación de fojas 131 a 133 vta., señalando:
1) Que el Tribunal de Apelación no se pronunció sobre la errónea aplicación del artículo 149 (sic) del Código de Procedimiento Penal, referente a la prueba pericial, vulnerando el artículo 398, 169 del referido código y 15 de la Ley de Organización Judicial,
2) El Tribunal de Alzada no ha reparado la errónea aplicación del artículo 142 del Código Penal, ya que la imputada no es funcionaria pública de ECOBOL BOLIVIA; al respecto, cita el Auto Supremo N° 320 de 14 de junio de 2003, como precedente
- AUTO SUPREMO: Nº 582 Sucre, 10 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Pando
- PARTES: Ministerio Públicoy acusador particular c/ Adolfo Sosa Sosa y Raquel Garson de Aguirre
- VISTOS: Los recursos de casación de fojas 127 a 129 vta
- 5) Denuncia que se han violado los artículos 123 última parte y 360 numeral 5)
- Finalmente, solicita que la Suprema Corte anule obrados y disponga la reposición del juicio por
- CONSIDERANDO: Que Raquel Garson de Aguirre interpone el recurso de casación de fojas 131 a
- 5) El Auto de Vista sobre la denuncia de falta de fundamentación de la sentencia
- Consiguientemente, solicita la anulación de las resoluciones de primera y segunda instancia
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 10 de noviembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
