Por último, de los supuestos argumentos del recurso se desprende claramente, que no cumple con
Por último, de los supuestos argumentos del recurso se desprende claramente, que no cumple con las motivaciones correspondientes, menos con el señalamiento detallado de vulneración de preceptos adjetivos, ni con la violación de normas penales sustantivas, por lo que se debe declarar la improcedencia del recurso interpuesto a fojas 223 a 224
- AUTO SUPREMO: Nº 627 Sucre, 27 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
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- VISTOS: El recurso de nulidad o casación interpuesto por Yaneth Porcel Paniagua de fojas 223
- Que, por otro lado, indica que el Auto de Vista que confirma la sentencia, vulnera
- Finalmente, indica que el contrato de anticrético sigue teniendo el valor jurídico, manteniéndose el monto
- En cuanto a la denuncia referida a que la cédula de comparendo no se encuentra
- En cuanto a los efectos jurídicos del contrato de anticrético, no corresponde dilucidar en el
- Por último, de los supuestos argumentos del recurso se desprende claramente, que no cumple con
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la atribución
- Regístrese, póngase en conocimiento y devuélvase
- MINISTRO RELATOR: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 27 de noviembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
