Auto Supremo AS/0795/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2007

Fecha: 08-Nov-2007

CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una


Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 265-266, planteado por el apoderado de la empresa demandante, quien considera que el auto de vista realizó mala interpretación y aplicación de las disposiciones legales, al reponer el pago del IVA y el IT dejados sin efecto por el fallo de primera instancia, asimismo considera que debía aplicarse con preferencia los arts. 76 y 77 de la Ley General del Trabajo, respecto a las normas tributarias, citando al efecto el Decreto Supremo Nº 24051 del Reglamento de IUE; luego, rechaza el cargo de defraudación por la no emisión de notas fiscales por la venta, a sus trabajadores, de productos de pulpería, acusando violación del art. 4 del Decreto Supremo Nº 21532, al afirmar que los salarios de sus empleados no pasaba el monto mínimo imponible; con estos argumentos impetra se case el auto de vista y se declare probada la demanda dejando sin efecto la R.D. LP-002 Nº 000472 de 24 de noviembre de 1995, sin exponer un petitorio claro y concreto.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho que debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civil; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa