En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No. 67/06 SSA-III de 24 de marzo de 2006 (fs. 255), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, revocó en parte la Sentencia No. 29/2004 manteniendo en su integridad la Resolución Determinativa LP-002 Nº 000472 de 24 de noviembre de 1995, con las formalidades de ley
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, si bien el recurso fue planteado como casación en el fondo, analizando el mismo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
