POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 84-85, declara IMPROCEDENTE el Recurso de Casación de Fs. 75-76., sin costas, en aplicación del Art. 39 de la Ley Nº 1178, SAFCO
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- dependientes junto con las facturas, las efectúan mediante el formulario Nº 87, donde consignan que
- CONSIDERANDO II: Que, si bien el recurso fue planteado como casación en el fondo y
- A este efecto, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió
- Que, en ese marco legal no se abre la competencia de este tribunal para conocer
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
